Cuando leemos que el artículo 29 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión observa que será suspendido hasta por 72 horas continuas el medio de comunicación que difunda mensajes que promuevan, hagan apología o inciten a la guerra, promuevan, hagan apología o inciten al delito, sean discriminatorios o promuevan la intolerancia religiosa, sean contrarios a la seguridad de la nación, o sean anónimos; no puede uno más que mover afirmativamente la cabeza, aprobando que en el país haya una marco legal que regule y controle los excesos en que pueda incurrir una empresa de comunicación social.
Pero la cabeza empieza a moverse al rato hacia los lados, bamboleándose, cuando se piensa en el canal de noticias Globovisión, desaprobándose que la hermosa letra al servicio de la ciudadanía se halle muerta frente a las tropelías de la estación televisora de la Florida. ¡Caramba, ni siquiera por un breve plazo de 72 horas es complacido el sentido de la ética y la justicia en el país, visto el hecho que ese canal ha violado, olímpicamente, casi todo el contenido del artículo, reservándose lo que no ha violado aún como cartas guardadas -se dirá- bajo la manga! Ha incitado a la guerra, ha hecho apología del delito, ha sido discriminatorio, ha sido anónimo en algunas de sus propagandas y, finalmente, ha ido en contra de los intereses de la nación con esto último de arrullar a la Exxon Mobil y a la carga de violencia desde Colombia. Documentar lo afirmado es incurrir, a la vez, en otra suerte de delito retórico: la redundancia, lo cual apena el lector con un gesto de desagrado.
Al seguir el paso para intentar olvidar esa especie de buena impresión que pudo haber causado la contemplación de una hermosa flor en el jardín, puede ocurrir que el caminante se ponga a pensar en su país, en el país en general, ese que recortan los muchachos de los libros, en aspectos como su seguridad, soberanía, recursos naturales, seriamente amenazados en la coyuntura presente que vive el país por factores depredantes del capitalismo mundial. Léase EEUU. Irremediablemente se termina preguntando quiénes serán capaces, desde adentro, de proponerle algo así a su país. Y nuevamente, sin notarlo, se termina trayendo a colación el recuerdo de la flor amarga, pensando otra vez en Globovisión y en la gente que a través de su pantalla declara, el canal de noticias que ha hecho del lío con Colombia una propuesta de guerra e invasión, y del lío con la Exxon Mobil, más de lo mismo.
Empieza entonces a resonar en la cabeza la palabra traidor, con su respectiva adjetivación: "patria". Traidor a la patria. El que entrega a su país, el que lo vende, o facilita o promueve el hecho. Y nuevamente toma forma la esperanza de que, finalmente, ante la comisión de delitos tan terrible, sea tomada la planta de televisión con las manos en la masa, sin derecho a pataleo. "¡Ahora sí!", puede pensar el más entusiasta, imaginando que, si Globovisión no es sancionado, al menos podrá contarse con un acto de declaración de traidor a la patria, lo más oficial posible, aunque es difícil esto de que un gesto sea oficial en su reconocimiento y no se combata o anule lo reconocido como lesivo.
Pero todo queda allí, en el puro acto de justicia imaginario, porque se piensa en situaciones más expeditas que la de Globovisión, como la de Luís Giusti acusando a su país, donde no ha podido la legislación venezolana declarar acto de traición a la patria. ¡Vaina jodida! -se reflexiona-, al parecer Globovisión puede hacer lo que le dé la gana. Si Luís Giusti, en calidad de ex funcionario público, rindió expresas declaraciones juradas para producirles daños a Venezuela con medidas cautelares contrarias a sus intereses, y no fue declarado nada, ¿qué esperar se haga contra el canal de noticias mencionado, que se las arregla para interpretar, muy a su manera, la legislación venezolana y colarse a través de la posibilidad de ir, veladamente, contra ella misma? ¿Qué se puede esperar?
Dice la ex magistrada del Tribunal Supremo de Justicia, Hildegard Rondón de Sansó, respecto del delito de traición a la patria,
"que la 'tipicidad' de nuestro Código Penal se quedó apegada a conceptos elementales según los cuales tal delito es sólo el que se refiere a los actos políticos relativos a la rebelión, a los alzamientos, a las confrontaciones armadas y no a otras formas menos violentas -pero algunas veces más perversas- como lo es la alianza con la "contraparte" en juicios en los cuales lo que se discute está vinculado con nuestra soberanía" ("Abogados de la contraparte" en Últimas Noticias. - (2.008) feb 18; p. 42).
Lapidarias palabras para unos y salvadoras para otros. El sentimiento de impotencia o de injusticia se intensifica cuando nuestro código de justicia no sirvió, cuando era sobradamente competente en la materia, ni para declarar a nadie traidor de nada cuando los hechos de abril de 2.002, cuando hubo una clara y abierta rebelión. Por el contrario, sus responsables fueron amnistiados recientemente por la comisión de actos periféricos al acto mayor, como los allanamientos de morada, detenciones de funcionarios públicos, etc.; los grandes chivos andan fuera de Venezuela, ciertamente, pero como ciudadanos del mundo y ni por un momento como traidores a su patria. ¡Así cómo carajos declarar nada contra Globovisión, mucho menos enjuiciarlo!
Aunque nuestro Código Penal, en su artículo 129, título I, capítulo I, prometa un castigo de 20 a 26 años para los que atenten contra la independencia e integridad territorial, Globovisión se dedica casi todos los día a confeccionar una programación que llama a una intervención militar contra Venezuela, del modo más astuto posible, con insinuaciones indirectas, sesudos análisis y hasta el manejo de imágenes subliminales.
Habrá que suponer que se esperará se dé una situación de agresión al país que obligue a declarar una situación de guerra para, en medio de alto accionar del gobierno con medidas de seguridad nacional, cerrarlo, una vez que haya destilado toda su virulencia mediática. Habrá que suponer, también, que al gobierno, en términos políticos, aún le pesa la reciente no renovación de la concesión a Radio Caracas Televisión (RCTV) como para andar tomando acciones que lo estigmatice aun más en los cañones del enemigo.
En teoría, en el entendido idealista de la que la ley debería ser ciega en su aplicación, la sanción contra Globovisión no tendría que pelearse contra ningún escrúpulo del Estado político, sea en su criterio estratégico o táctico.
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